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Reglamentación de Turismo aventura Parte 3
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<blockquote data-quote="Daniel Facciolli" data-source="post: 91547" data-attributes="member: 22"><p>Hoy día es común que un grupo de personas se reúnan para realizar una salida en nuestro caso MTB.</p><p>Cada vez mas también, cada grupo trata de hacer las salidas mas amenas , le sumamos algún condimento , agua, refrescos, bebidas energizantes, almuerzos cereales, duchas,etc.</p><p>Para lo cual se necesita hacer un acopio de $$$ para solventar estos gastos y pagar algún lugar para estacionarse.</p><p>Mi pregunta es: eso me convierte en una entidad prestadora de servicios de turismo de aventura?</p><p>O podremos seguir organizando salidas grupales sin que nos caiga el peso de la ley?</p><p>Todos entendemos que es un riesgo nuestro deporte y no creo que nadie de los integrantes de una salida vaya a denunciarnos en caso de un accidente grave , al menos no ha pasado hasta ahora.</p><p>Creen que sea posible una situación asi en el futuro , siempre hablando de salidas foristas , no me refiero a organizadores con fines de lucro como hubo algún tiempo atrás , cito ( Uruguay Natural)</p><p>Que ocurre con la organizaciones deportivas ( grupos de corredores de aventura) que hacen Triatlhones , marathones , etc, entran en esta ley?</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="Daniel Facciolli, post: 91547, member: 22"] Hoy día es común que un grupo de personas se reúnan para realizar una salida en nuestro caso MTB. Cada vez mas también, cada grupo trata de hacer las salidas mas amenas , le sumamos algún condimento , agua, refrescos, bebidas energizantes, almuerzos cereales, duchas,etc. Para lo cual se necesita hacer un acopio de $$$ para solventar estos gastos y pagar algún lugar para estacionarse. Mi pregunta es: eso me convierte en una entidad prestadora de servicios de turismo de aventura? O podremos seguir organizando salidas grupales sin que nos caiga el peso de la ley? Todos entendemos que es un riesgo nuestro deporte y no creo que nadie de los integrantes de una salida vaya a denunciarnos en caso de un accidente grave , al menos no ha pasado hasta ahora. Creen que sea posible una situación asi en el futuro , siempre hablando de salidas foristas , no me refiero a organizadores con fines de lucro como hubo algún tiempo atrás , cito ( Uruguay Natural) Que ocurre con la organizaciones deportivas ( grupos de corredores de aventura) que hacen Triatlhones , marathones , etc, entran en esta ley? [/QUOTE]
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